Ayer a la tarde la Procuradora De la Suprema Corte de Justicia, Alejandra Gils Carbó, dictaminó en contra de las pretensiones del Grupete Clarinete... Aconsejó admitir el Recurso Extraordinario presentado por el Estado Nacional respecto al reconocimiento de la plena vigencia de los arts. 45 y 161 de la LSCA (lo que dejaría fuera de juego a la Cámara de Apelaciones para decidir la Constitucionalidad de la Ley y cualquier otra cuestión relacionada), consideró que la Cámara de Apelaciones desnaturalizó el fallo de marzo de la Suprema Corte al dictar una nueva cautelar, la criticó por ser los propios involucrados los que resolvieron rechazar las recusaciones presentadas, etc., etc.
No es para descorchar por anticipado, es cierto que esto es un dictámen y que la decisión final corresponde a los Supremos. Pero sí es cierto de que les pone presión y les complica la confección de otro "fallo salomónico" que, como en las anteriores oportunidades en que intervino, implicaron claras lavadas de manos y siempre dejaron una puerta abierta a la libre interpretación favorable al emporio sedicioso, lo que, en el peor de los casos, le permitió seguir seduciendo giles con la cháchara victimizante.
Bla, bla... en realidad este post no tiene por objeto el análisis de la cuestión de la constitucionalidad, sino observar un par de líneas de la cobertura clarinera sobre el pucho.
Como pueden apreciar, el subrayado en rojo resalta la "sorpresa" de Clarín porque Gils Carbó no se hubo excusado (apartado del caso). "Y eso que le pedimos el juicio político" nos señalan los muy sínicos.
En medio de la discusión judicial sobre la monopolización del servicio de cable, discutida en torno de la fusión entre las empresas Cablevisión y Multicanal radicada en la Sala D de la Cámara en lo Civil y Comercial, la Fiscal de Cámara se atrvió no sólo a cuestionar la práctica monopolica, sino que además, tras sufrir un revés por 2 a 1 en los pareceres de los Camaristas, apeló la sentencia mediante un recurso extraordinario ante la SCJ. La Fiscal de Cámara era, precisamente Alejandra Gils Carbó.
No sólo Clarín la denunció al Consejo de la Magistratura pretendiendo su destitución, sino también la denunció ante la justicia penal y ante Esteba Righi (por entonces Procurador de la SCJ, es decir, su jefe máximo). (con mayor profundidad, la situación se trata acá). A esa situación se refiere el pasquín malicioso, a una muestra más de su proceder mafioso que defenestra públicamente a todo funcionario de cualquier poder que se atreva a contradecir sus intereses, para arrancarlo de su función (como lo hiciera con el Juez Markevich cuando metió mano en las ilegales adopciones de Herrera de Noble) o, al menos, pretendiendo apartarlo para siempre de su camino (como cuando denunció por supuesta "incitación a la violencia y coacción", aparte de a periodistas, a Martin Sabatella, Presidente del órgano de aplicación de la LSCA, por el sólo hecho de "amenazar" con aplicar la ley).
Si creen que la persecución a Gils Carbó terminó allí, se equivocan. Una jueza la denunció ante el Consejo de la Magistratura, no conforme con haber sido rechazado su pedido, luego la denunció penalmente. Esto no podría querer decir nada... salvo por el detalle que el patrocinante de la magistrada fue uno de los Diputados que a la vez es uno de los más acérrimos lobbistas y defensor de los intereses del grupo: el otrora respetable Ricardo Gil Laavedra.
La única integrante del Poder Legislativo que impugnó la postulación como Procuradora de la Corte, fue la depreciada columnista itinerante en programas de TN, Elisa Carrió (quien ni siquiera fue acompañada, a tenor de las ridículas imputaciones, con el voto en el Senado por su fiel escudera Stensoro).
La última jugada deslegitimadora es, quizás la más hilarante: Clarín la acusa de apoyar "una lista cercana al oficialismo" en la interna de la Asociación de Magistrados. Ridículo, por un lado porque cuestiona sus derechos políticos-sindicales de participar democráticamente en la elección de su representación gremial. Pero, ridículo, además, por las pruebas de las que intenta valerse: una impugnación de listas realizada por el Fiscal General Jorge Auat (al que califica sin respaldo alguno de "uno de sus alfiles") y una entrevista publicada en la página web de la hija de la procuradora. Por supuesto que semejante mamarracho carece de firma.
Lo más llamativo de la nota, es la llamativa "confesión de parte" que se subrraya en verde: "Ese plazo había sido fijado por la Corte Suprema en mayo pasado, cuando también estableció el 7 de diciembre como límite para la medida cautelar", ¿pero cómo? ¿no se pasó más de medio año el Grupete sedicioso cacareando que el 7D no debía pasar nada? ¿que si pasaba algo era por una decisión arbitraria del ejecutivo? ¿que la Corte había dicho todo lo contrario? ¿que nosotros éramos loritos K?
Miles de turulos salieron a batir cacerolas por esa interpretación... decenas de diputados hablaron boludeces siete meses replicando la estupidez... un ejército de periodistas inmolaron el reto de su credibilidad para mantener la farsa... Ahora, vaya a saber si conscientemente o por error, Clarín muestra otra hilacha y los tira a la banquina.
Y vos bobo, ¿vas a seguir creyéndole a Clarín?...
ACTUALIZACIÓN
Al ratito nomás de publicar este post, la Corte nos sorprendió con otro de sus fallos sapónicos. Mirá, yo te explico, lo que dicen los Supremos es que está totalmente vencido el plazo para desinvertir, desde hace rato ¿eh? Pero que Clarín puede no desinvertir si quiere. ¿Por qué? Pues la cautelar que la Corte dijo en mayo que vencía el 7D, porque era un mamarracho que dure más de 3 años, ahora puede prorrogarse por todo el tiempo que resulte necesario hasta que alguien falle a favor de Clarín o hasta que la Corte resuelva lo que hoy no quiso resolver. "Estos son mis principios, si no les gusta, tengo estos otros" ¿Capiche?
¿Y el "per saltum"? Rebotorum.
La Corte no entiende cuál sería la gravedad institucional que amerite el per saltum por la ley de medios.
Aguantá Lorenzetti que te lo explico:
1) La ley, que lleva 3 años y pico de vigencia, por la cautelar, no se puede aplicar plenamente.
2) Un mandato presidencial dura 4 años.
3) Siempre puede haber un juez dispuesto a dictar alguna cautelar contra alguna ley, a pesar de haber sido votada por la mayoría de los legisladores que votó la mayoría del pueblo, cuando se afecten los intereses de algún grupo económico.
4) Con el precedente que sentaron, las medidas legislativas de cualquier gobierno democrático pueden ser neutralizadas por el tiempo necesario hasta que haya un cambio de signo de gobierno.
5) Eso implica, que los que gobiernan, los que fijan el rumbo, serían los jueces y no los poderes mandatados por el pueblo.
6) ERGO: VÍA CAUTELARES, se cagarán en el sistema republicano y en la Constitución Nacional. ¿Capiche 2?
2 comentarios:
Tratar de explicar lo evidente es un insulto a la realidad.
Capiche?, pero claro en la boca de Cappo zonal, como el presidente de la Corte, y porque no ha letras mas chicas que las minúsculas, suena tan amenazante como los mensajes anteriores a este fallo, sobre todo por la obediencia servil al Cappo dei Tutti Cappi.
El solo hecho de hacer alarde, ver los diarios de encontrar las fallas para colar SU mitad de la biblioteca en defensa de su corporación mafiosa, que circunstancialmente, desde hace mas de veinte años, trabaja con la corporación dominante, hace recordar que mientras el Estado Nacional sostenía y sostiene un contencioso con esa otra mafia, el Cappo menor hace entrega de diplomas y comparte ceremonias en la fundación Noble, de cursos coordinados con la misma para funcionarios de la famiglia judicial, ya da vergüenza, ni hablar de no haber expresado ni siquiera incomodidad con las vacaciones pagas aceptadas por componentes de la Cámara que tiene intervención, por fuera de su jurisdicción también sin mover el tablero de la Corte, en el tema a juzgar, y no es porque el fuero correspondiente, el Contencioso Administrativo, sea mejor, pero por lo menos, era el que correspondía.
Nunca menos y asbrazos
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