“Hace poco un señor, un hombre común, ajetreado
por el rigor del tiempo y la labor al aire libre, se acercó a mi sitial de
honor en la cabecera de la cena de cierre del IX Coloquio de la “Asociación de
Empresarios que la Juntamos con Pala”, y me preguntó “dígame una cosa, oh Supremo
entre los Supremos, ¿para qué sirven los jueces?”…
Lorenzetti, inspirado por Hobbes, Borges y Kant, entregando el paquete de Rawls a un pobre. |
Podría
haber contado esta anécdota Ricardo Lorenzetti, y trataremos de desestrañar la posible respuesta,
analizando su discurso de cierre (y bajada de línea donde no se priva de caer
en el lugar común de recordar a Hittler para advertir sobre los desvíos de la
democracia) del V Conferencia Nacional de Jueces (el video completo está en este otro post)
Si
me lo hubiese preguntado a mí, más que convencido hubiese contestado: “los
jueces sirven (porque por sobre todas las cosas son un servicio público) para
interpretar y aplicar las leyes generales y abstractas, sancionadas por los
otros poderes del estado, en la resolución de un conflicto particular y
concreto, intentando dirimirlo de manera justa”. Pero me da la impresión que
Lorenzetti contestaría de manera distinta.
Como
pueden ver, yo pongo en el centro de la escena “La Ley”, como fuente de legitimidad
y respaldo de la decisión judicial, inspirado quizás en un par de disposiciones
del Código Civil (Art. 16. Si una cuestión civil no puede resolverse, ni por las
palabras, ni por el espíritu de la ley, se atenderá a los principios de leyes
análogas (leyes que regulan situaciones parecidas); y si aún la cuestión fuere dudosa, se resolverá por los principios
generales del derecho, teniendo en consideración las circunstancias del caso.
Art. 22. Lo que no está dicho explícita o
implícitamente en ningún artículo de este código, no puede tener fuerza de ley
en derecho civil, aunque anteriormente una disposición semejante hubiera estado
en vigor, sea por una ley general, sea por una ley especial.).
Sin
embargo, el Supremo de los jueces, hablando en un ámbito de jueces durante 42
minutos y piquito, sobre cuestiones que según él le inquiere “la gente”, usa la
palabra “Ley” sólo 3 veces y menciona a la Constitución (ley magna), 5. En
cambio, alude a “Principios” en 17 oportunidades. Llamativo, porque, según el Código
Civil, a los principios generales del derecho (quiero creer que alude a esos,
no a principios religiosos, éticos o morales o de otra índole extralegal) sólo
debiera recurrir un juez cuando una cuestión no pudiera resolverse a través de
la ley, de su espíritu o leyes análogas.
Y
esto me sugiere algunas conclusiones apriorísticas: o Lorenzetti “ningunea” la ley,
o Lorenzetti pretende poner al Poder Judicial que comanda por encima de los
otros Poderes del Estado (que son los que sancionan, promulgan y aplican la
ley), o ambas cosas a la vez, o en esencia, ambas son lo mismo.
Y
para que vean que mis conclusiones posibles no son antojadizas, pongamos de
resalto algunos párrafos textuales de su discurso (siempre en negrita y cursiva).
“Estamos
todos los que tenemos que tomar decisiones importantes (estaban
los presidentes de las Cámaras Federales, miembros de las Cámaras Provinciales,
miembros de los Superiores Tribunales de Justicia Provinciales y jueces)…
todos los que tienen poder otorgado por la constitución para definir los
grandes lineamientos y principios y de ese modo reglar la vida de los ciudadanos
desde el poder judicial”. Así
definió Lorenzetti a los participantes de la reunión: como personas con poder
otorgado por la constitución, no para brindar el servicio de justicia,
interpretando y aplicando la legislación a casos particulares, sino sentando “lineamientos
y principios” para reglar la vida de los ciudadanos. Habrá que revisar el
concepto de división de poderes, hasta antes de ese momento yo tenía entendido
que la vida de los ciudadanos se reglaba a través de la ley (no de “principios”),
y que a los que les tocaba dictarla era a los poderes ejecutivo y legislativo (no
al poder judicial).
El
inicio de la “arenga” también incluyó conceptos tales como “Esto es una demostración
extraordinaria de unidad, de cohesión interna, y de que el Poder Judicial es
uno, está fuerte y está inconmovible en sus principios… éste es nuestro modelo
que quisiéramos que todo el Poder Judicial tome como propio… un poder fuerte
donde estemos todos encolumnados tras los mismos principios e ideales es algo
que no muchos pueden exhibir”. Obviando la mojada de oreja del último
párrafo, también ésta es una manifestación preocupante, el concepto de “unidad
de pensamiento” o “pensamiento único” que trasluce es violatorio de la
autonomía de la que deben gozar los jueces al sentenciar, independientemente
aún de los criterios adoptados por su superior (esa pluralidad y multiplicidad
de voces que reclama, por el contrario, Zaffaroni). ¿Qué sentido tendría la
doble y triple instancia judicial de revisión si de antemano sabríamos que
todos van a decidir de igual manera? ¿no hay una violación de una garantía
constitucional básica?.
El
ánimo “legislativo” que Lorenzetti se arroga para sí y los suyos, es palpable
en otros segmentos de la alocución: “la misión de la justicia es cambiarles la
vida a los ciudadanos para mejor” dice, por ejemplo. Pero resulta que
quienes tienen capacidad y potestad real de hacerlo, según la constitución, son
el Poder Ejecutivo en su rol de jefe de gobierno y responsable político de la administración
del país (art. 99), y el Congreso, sancionando leyes que promuevan el
desarrollo armónico del país, el desarrollo humano con justicia social, la productividad de la economía, el empleo, la
educación, etc. (art. 86, especialmente incs. 16/19 y 22, 23). El poder
judicial le podrá cambiar la vida, a través de sus sentencias, a algún o
algunos ciudadanos en particular, reconociendo la vulneración de algún derecho,
no más, nunca de una manera general para todo el pueblo argentino. En el mismo
dislate cae cuando afirma que “es función de la Justicia también resolver
el problema de los jubilados, atender esos reclamos, establecer las políticas
de estado necesarias”. Una aberración construida a partir de la generalización
de casos particulares: la de los jubilados con el 82% móvil que reclaman por
reajuste de sus haberes ¿cómo puede el Poder Judicial fijar Políticas de Estado
previsionales (o de cualquier otro tipo) si tal misión ni le ha sido
encomendada por la constitución, ni manejan la confección de los presupuestos,
ni mucho menos administran los recursos? Cuánta razón le cupo entonces al
Senador Marcelo Fuentes cuando acusó al poder judicial de pretender gobernar, acá el propio Lorenzetti se hace cargo de explicitar las razones de la
imputación.
Paradójicamente,
la desmesura en las pretensión de expandir los alcances del poder que la
constitución le otorga al Poder Judicial, no trae aparejada ni la asunción de
responsabilidades en cuestiones sensibles, ni una revisión crítica de su
accionar. Se reduce a la pura demagogia. Veamos sino la actitud adoptada frente
al problema de la seguridad. Mientras que con respecto a las cuestiones previsionales
se alzó con la potestad de “fijar políticas de Estado”, aquí critica la
política de los restantes poderes (a las que rotula de coyunturales y
cortoplacista), y si bien se ofrece a colaborar (“que nos llamen a colaborar y
vamos a estar todos”), elude palmariamente responsabilidades del poder
que representa: “lo que ocurre aquí es que siempre que existen conflictos que afectan a
las personas, a los ciudadanos comunes vinculados a la seguridad, se dice, el
problema son los jueces, y esto no es así … necesitamos y reclamamos
políticas de seguridad que sean políticas de estado, para que todos sepan cual
es la dirección y entonces el poder judicial también va a colaborar”.
Si para evaluar estos dichos alcanzaría con un botón de muestra elegiría el
siguiente: ¿puede acaso considerarse coyuntural y cortoplacista la política
desarrollada respecto a la trata de personas? El Congreso Nacional sancionó
normas (y se avoca a su mejoramiento), impulsadas por el Ejecutivo, a su vez
éste ha creado servicios de atención y contención de las víctimas, las
provincias adecuaron sus legislaciones y órganos relacionados, Gendarmería y Prefectura
desplazaron a las policías sospechadas de encubridoras y cómplices, se
aceitaron los mecanismos de colaboración con los países limítrofes, muchos
municipios se dedicaron a clausurar y prohibir los prostíbulos, se desarrollan
campañas enormes de prevención, sensibilización y concientización al respecto… el
caso Marita Verón vino a demostrar con absouta contundencia que, en todo el
engranaje del Estado, justamente el que falló fue, ni más ni menos, que el
Poder Judicial. Ahora Lorenzetti, vaya a explicárselo al ciudadano común en
horario central de la TV Pública.
Y
esto tiene que ver con el criterio “principista”. Para Lorenzetti Imparcialidad
significa que, “independientemente de
quien esté adelante, siempre decidimos en base a los mismos principios”. Y
ese es un problema: atados a viejas prácticas y dogmas, los jueces tucumanos
nunca comprendieron los nuevos paradigmas, los nuevos enfoques, algo que su
mentalidad arcaica y elitista les impide ver (aún independientemente de que en
el caso no se aplicaba la Ley de Trata). No se es imparcial aplicando los
mismos principios de valoración de una testimonial a la declaración de una “señora
gorda” que expone sobre como un BMW y un Mercedes Benz chocaron en la entrada
del Country, que a la de una víctima de trata que cuenta lo que vio en el lugar
donde fue esclavizada y violada, delante de quienes la esclavizaron y la
obligaron a prostituirse.
Pero
¿Qué significa, en definitiva, esa recurrente alusión a “los principios” que
hace Lorenzetti? ¿cuál es su razón de ser? Y en las respuestas podemos ver la
esencia conservadora del Presidente de la Suprema Corte de Justicia, su
resistencia al proceso de transformaciones que venimos encarando.
“La
gente le pide tranquilidad”, dice Lorenzetti y lo
interpreta: “que el mundo no cambie todos los días, que el contexto sea estable, y
que nosotros tengamos algún grado de previsibilidad. Esta es una pretensión que
tiene mucha gente y que es sana”. Amparándose en esa petición y en el
sistema republicano, exhorta a los jueces a garantizar ese status quo. Se podrá
decir que mi interpretación es algo sesgada, no lo creo así, si consideramos
que, a poco de reunirse con Magnetto y los restantes dirigentes de AEA, declaró: "falla en muchos aspectos
la seguridad jurídica en el país porque, entre otras cosas, no existe
previsibilidad de las reglas, las oscilaciones tan bruscas son muy graves”.
Si
a este concepto atamos estos otros dichos “La igualdad no es algo abstracto, la
igualdad equivale a la dignidad y la dignidad es algo siempre austero,
la gente no pide grandes cosas, pide derechos básicos”, comprenderemos
que el mundo que imagina Lorenzetti es un lugar exento de conflictos: los
poderosos mantendrían su condición de tales, sin cuestionamientos, por la
módica retribución de permitirle a “lagente” poco ambiciosa una austera
dignidad, el goce de “derechos básicos”, nada en demasía.
Reacio
a las transformaciones que implican “intranquilidad” para los pobres e “inseguridad
jurídica” para los ricos, Lorenzetti termina justificándose en la
descalificación de quienes dice lo desvelan: “No hay manera que una persona
que está desempleada… entienda que nosotros estemos preocupados por grandes
cuestiones y disputas de poderes alejadas de las personas (ergo, no
saben lo que votan). La pobreza, el desempleo no preguntan de que partido somos ni de que
lado estamos en un conflicto, si somos de un lado o del otro (ergo,
carece de sentido la contienda política). La pobreza, el desempleo quieren
soluciones, y por eso es función de la justicia (no de la política) defender
la igualdad”. En otras palabras, el conflicto social desaparece o es
deslegitimado, la justicia social, un recuerdo turbulento, todo quedaría
reducido a una especie de re-equilibramiento frente a especiales circunstancias
individuales donde algún “lagente” no tenga garantizado su acceso a la “austera
dignidad”. Fin de las ideologías, abolición de la lucha política, derogación de
la lucha de clases e, incluso, hasta del proceso expansivo de los derechos
humanos. Todo vuelve, con un poco más de magnanimidad garantista del “paquete
mínimo de derechos de Rawls”, a la bucólica época en que su abuelito llegó de Italia.
Evidentemente,
son nada menos que el peronismo y el kirchnerismo los artífices políticos de la
“intranquilidad” y la “inseguridad jurídica” detestadas por Lorenzetti, ya no sostenidas
a través de “compensaciones asistencialistas y clientelistas”, sino a través de
legislación inclusiva, igualadora, y generadora de derechos, prestaciones que
deben ser solventadas con la contribución de los más favorecidos de la
sociedad, promoción social cuya satisfacción muchas veces exige interpelar al
poder fáctico y, peor aún, menoscabarlo.
Y
Lorenzetti se atreve a enfrentarlo con una ideología explícita, acumulando desde
el Poder Judicial intentando la inserción de un discurso único y oponiendo una
metodología: confronta la Ley transformadora, producto de los poderes
democráticos, con los PETREOS E INALTERABLES “PRINCIPIOS” Y LINEAMIENTOS
JUDICIALES, que aspiran a ir mucho más allá del mero control de
constitucionalidad, (en su concepción) se erigen como capaces de ponerse por
encima e incluso suplantar a la legislación: una invitación a sumarse al británico
estilo del commom law (la ley no es otra cosa que el producto de la doctrina
sentada en las sentencias).
“Nunca
se habló tanto de la igualdad, y nunca se hizo tan poco, es lo que está pasando
ahora, porque escuchamos muchos discursos de la igualdad, pero no es lo que la
gente vive, aquí y en el mundo” pareciera ser la consigna filantrópica
que sintetiza el llamado a la rebelión de Lorenzetti. Huestes de Magistrados se
preparan, cuales rubios arcángeles justicieros, para salir por la Mancha a “desfacer
entuertos” perpetrados por las inquietantes ansias transformadoras.
“Los
jueces sirven para que la gente, aunque vote, no gobierne”,
podría ser entonces la respuesta brindada por Lorenzetti al Señor común que
preguntaba al inicio. “El poder judicial es contramayoritario”,
sostiene (toda una definición de quien introduce en su discurso a Thomas Hobbes,
el teórico más eminente del despotismo), se erige equidistante entre
los Poderes de la Democracia y los poderes fácticos (“no vamos a ceder a las
presiones de los poderes políticos ni económicos” dice poniéndolos en
pie de igualdad, como si los “poderes políticos” no lo fueran de la República y
la Democracia, o los poderes fácticos sí lo fueran), no necesita de leyes de la
democracia, ni del sostén de la voluntad popular para legitimarse, sólo del
apego a sus propios principios y “nada más que escuchar” por si alguno
golpea las puertas de los estrados.
8 comentarios:
La Inquisición,utilizaba los mismos términos cuando "instruían" un "auto de procesamiento",con "secreto de sumario" y todo,igual que nuestros actuales jueces(gran cantidad de la jerga judicial se incubó en ese ámbito).
La cosa se organizó contra los judíos,en España quedan muchas "Juderías" en pie de mas de seiscientos años.En anglosajón el juez es "jugde" y cárcel es"jail".
Es nacida del racismo
.La justicia de estos pagos es hermana gemela ya anciana y reblandecida de ese poder fáctico utilizado por siglos para aglutinar bajo una misma doctrina el arreo humano.
"La Corte" la componían los amigotes del Rey disponiendo del ágil consejo al soberano si este les servía a sus propósitos,y mas de una vez los mandaron al bombo.
No va a ser fácil sacarle el carácter aristocrático después de siglos de inercia pedante.
Me complace notar que el burro se supera post a post y nos empuja cual zanahorias empotradas al collar. Desglose digno de Rucio, el destripador.
Un mamarracho que desnuda sus intenciones, el discurso de Lorenzetti.
Eso de fijar políticas de Estado previsionales... bueh, que se presente nomas a elecciones, a ver quién o quiénes le alquilan partido.
Antes a los Presidentes se los llamaba "el exelentìsimo.." No deberìamos empezar por abandonar todas esos significantes palaciegos. Cortesanos, Palacio de Justicia, Supremos, etc? Lola
Que ha estado Ud. clarisimo.
1) Establecer vencimiento de mandatos....¡basta de "por vida"!.
2) Revisar y/o controlar sus acciones...¡basta de hacerlo "entre ellos mismos"!.
3) Igualdad ante la ciudadanía...¡A tributar!.
Me parece que para empezar alcanza.-
¡Qué falta de respeto, qué atropello a la razón!
¡Cualquiera es un señor!
¡Cualquiera es un ladrón!
··········
Que el mundo fue y será una porquería ya lo sé...
(¡En el quinientos seis y en el dos mil también!).
Pero en el 2012 la cosa viene cambiando...
Tango Cambalache.
Sin limpieza en la justicia, nada puede ser justo ni limpio.
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Lorenzetti; Ricardo <=Clic
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