martes, 18 de diciembre de 2012

Lorenzetti: el Despotismo Ilustrado del S. XXI



“Hace poco un señor, un hombre común, ajetreado por el rigor del tiempo y la labor al aire libre, se acercó a mi sitial de honor en la cabecera de la cena de cierre del IX Coloquio de la “Asociación de Empresarios que la Juntamos con Pala”, y me preguntó “dígame una cosa, oh Supremo entre los Supremos, ¿para qué sirven los jueces?”… 

Lorenzetti, inspirado por Hobbes, Borges y Kant, entregando el paquete de Rawls a un pobre.


Podría haber contado esta anécdota Ricardo Lorenzetti, y trataremos de desestrañar la posible respuesta, analizando su discurso de cierre (y bajada de línea donde no se priva de caer en el lugar común de recordar a Hittler para advertir sobre los desvíos de la democracia) del V Conferencia Nacional de Jueces (el video completo está en este otro post)

Si me lo hubiese preguntado a mí, más que convencido hubiese contestado: “los jueces sirven (porque por sobre todas las cosas son un servicio público) para interpretar y aplicar las leyes generales y abstractas, sancionadas por los otros poderes del estado, en la resolución de un conflicto particular y concreto, intentando dirimirlo de manera justa”. Pero me da la impresión que Lorenzetti contestaría de manera distinta.

Como pueden ver, yo pongo en el centro de la escena “La Ley”, como fuente de legitimidad y respaldo de la decisión judicial, inspirado quizás en un par de disposiciones del Código Civil (Art. 16. Si una cuestión civil no puede resolverse, ni por las palabras, ni por el espíritu de la ley, se atenderá a los principios de leyes análogas (leyes que regulan situaciones parecidas); y si aún la cuestión fuere dudosa, se resolverá por los principios generales del derecho, teniendo en consideración las circunstancias del caso. Art. 22. Lo que no está dicho explícita o implícitamente en ningún artículo de este código, no puede tener fuerza de ley en derecho civil, aunque anteriormente una disposición semejante hubiera estado en vigor, sea por una ley general, sea por una ley especial.). 

Sin embargo, el Supremo de los jueces, hablando en un ámbito de jueces durante 42 minutos y piquito, sobre cuestiones que según él le inquiere “la gente”, usa la palabra “Ley” sólo 3 veces y menciona a la Constitución (ley magna), 5. En cambio, alude a “Principios” en 17 oportunidades. Llamativo, porque, según el Código Civil, a los principios generales del derecho (quiero creer que alude a esos, no a principios religiosos, éticos o morales o de otra índole extralegal) sólo debiera recurrir un juez cuando una cuestión no pudiera resolverse a través de la ley, de su espíritu o leyes análogas.

Y esto me sugiere algunas conclusiones apriorísticas: o Lorenzetti “ningunea” la ley, o Lorenzetti pretende poner al Poder Judicial que comanda por encima de los otros Poderes del Estado (que son los que sancionan, promulgan y aplican la ley), o ambas cosas a la vez, o en esencia, ambas son lo mismo.

Y para que vean que mis conclusiones posibles no son antojadizas, pongamos de resalto algunos párrafos textuales de su discurso (siempre en negrita y cursiva).

“Estamos todos los que tenemos que tomar decisiones importantes (estaban los presidentes de las Cámaras Federales, miembros de las Cámaras Provinciales, miembros de los Superiores Tribunales de Justicia Provinciales y jueces)… todos los que tienen poder otorgado por la constitución para definir los grandes lineamientos y principios y de ese modo reglar la vida de los ciudadanos desde el poder judicial”. Así definió Lorenzetti a los participantes de la reunión: como personas con poder otorgado por la constitución, no para brindar el servicio de justicia, interpretando y aplicando la legislación a casos particulares, sino sentando “lineamientos y principios” para reglar la vida de los ciudadanos. Habrá que revisar el concepto de división de poderes, hasta antes de ese momento yo tenía entendido que la vida de los ciudadanos se reglaba a través de la ley (no de “principios”), y que a los que les tocaba dictarla era a los poderes ejecutivo y legislativo (no al poder judicial). 

El inicio de la “arenga” también incluyó conceptos tales como “Esto es una demostración extraordinaria de unidad, de cohesión interna, y de que el Poder Judicial es uno, está fuerte y está inconmovible en sus principios… éste es nuestro modelo que quisiéramos que todo el Poder Judicial tome como propio… un poder fuerte donde estemos todos encolumnados tras los mismos principios e ideales es algo que no muchos pueden exhibir”. Obviando la mojada de oreja del último párrafo, también ésta es una manifestación preocupante, el concepto de “unidad de pensamiento” o “pensamiento único” que trasluce es violatorio de la autonomía de la que deben gozar los jueces al sentenciar, independientemente aún de los criterios adoptados por su superior (esa pluralidad y multiplicidad de voces que reclama, por el contrario, Zaffaroni). ¿Qué sentido tendría la doble y triple instancia judicial de revisión si de antemano sabríamos que todos van a decidir de igual manera? ¿no hay una violación de una garantía constitucional básica?.

El ánimo “legislativo” que Lorenzetti se arroga para sí y los suyos, es palpable en otros segmentos de la alocución: “la misión de la justicia es cambiarles la vida a los ciudadanos para mejor” dice, por ejemplo. Pero resulta que quienes tienen capacidad y potestad real de hacerlo, según la constitución, son el Poder Ejecutivo en su rol de jefe de gobierno y responsable político de la administración del país (art. 99), y el Congreso, sancionando leyes que promuevan el desarrollo armónico del país, el desarrollo humano con justicia social,  la productividad de la economía, el empleo, la educación, etc. (art. 86, especialmente incs. 16/19 y 22, 23). El poder judicial le podrá cambiar la vida, a través de sus sentencias, a algún o algunos ciudadanos en particular, reconociendo la vulneración de algún derecho, no más, nunca de una manera general para todo el pueblo argentino. En el mismo dislate cae cuando afirma que es función de la Justicia también resolver el problema de los jubilados, atender esos reclamos, establecer las políticas de estado necesarias”. Una aberración construida a partir de la generalización de casos particulares: la de los jubilados con el 82% móvil que reclaman por reajuste de sus haberes ¿cómo puede el Poder Judicial fijar Políticas de Estado previsionales (o de cualquier otro tipo) si tal misión ni le ha sido encomendada por la constitución, ni manejan la confección de los presupuestos, ni mucho menos administran los recursos? Cuánta razón le cupo entonces al Senador Marcelo Fuentes cuando acusó al poder judicial de pretender gobernar, acá el propio Lorenzetti se hace cargo de explicitar las razones de la imputación.

Paradójicamente, la desmesura en las pretensión de expandir los alcances del poder que la constitución le otorga al Poder Judicial, no trae aparejada ni la asunción de responsabilidades en cuestiones sensibles, ni una revisión crítica de su accionar. Se reduce a la pura demagogia. Veamos sino la actitud adoptada frente al problema de la seguridad. Mientras que con respecto a las cuestiones previsionales se alzó con la potestad de “fijar políticas de Estado”, aquí critica la política de los restantes poderes (a las que rotula de coyunturales y cortoplacista), y si bien se ofrece a colaborar (“que nos llamen a colaborar y vamos a estar todos”), elude palmariamente responsabilidades del poder que representa: “lo que ocurre aquí es que siempre que existen conflictos que afectan a las personas, a los ciudadanos comunes vinculados a la seguridad, se dice, el problema son los jueces, y esto no es así necesitamos y reclamamos políticas de seguridad que sean políticas de estado, para que todos sepan cual es la dirección y entonces el poder judicial también va a colaborar”.

Si para evaluar estos dichos alcanzaría con un botón de muestra elegiría el siguiente: ¿puede acaso considerarse coyuntural y cortoplacista la política desarrollada respecto a la trata de personas? El Congreso Nacional sancionó normas (y se avoca a su mejoramiento), impulsadas por el Ejecutivo, a su vez éste ha creado servicios de atención y contención de las víctimas, las provincias adecuaron sus legislaciones y órganos relacionados, Gendarmería y Prefectura desplazaron a las policías sospechadas de encubridoras y cómplices, se aceitaron los mecanismos de colaboración con los países limítrofes, muchos municipios se dedicaron a clausurar y prohibir los prostíbulos, se desarrollan campañas enormes de prevención, sensibilización y concientización al respecto… el caso Marita Verón vino a demostrar con absouta contundencia que, en todo el engranaje del Estado, justamente el que falló fue, ni más ni menos, que el Poder Judicial. Ahora Lorenzetti, vaya a explicárselo al ciudadano común en horario central de la TV Pública.

Y esto tiene que ver con el criterio “principista”. Para Lorenzetti Imparcialidad significa que, independientemente de quien esté adelante, siempre decidimos en base a los mismos principios”. Y ese es un problema: atados a viejas prácticas y dogmas, los jueces tucumanos nunca comprendieron los nuevos paradigmas, los nuevos enfoques, algo que su mentalidad arcaica y elitista les impide ver (aún independientemente de que en el caso no se aplicaba la Ley de Trata). No se es imparcial aplicando los mismos principios de valoración de una testimonial a la declaración de una “señora gorda” que expone sobre como un BMW y un Mercedes Benz chocaron en la entrada del Country, que a la de una víctima de trata que cuenta lo que vio en el lugar donde fue esclavizada y violada, delante de quienes la esclavizaron y la obligaron a prostituirse.  

Pero ¿Qué significa, en definitiva, esa recurrente alusión a “los principios” que hace Lorenzetti? ¿cuál es su razón de ser? Y en las respuestas podemos ver la esencia conservadora del Presidente de la Suprema Corte de Justicia, su resistencia al proceso de transformaciones que venimos encarando. 

“La gente le pide tranquilidad”, dice Lorenzetti y lo interpreta: “que el mundo no cambie todos los días, que el contexto sea estable, y que nosotros tengamos algún grado de previsibilidad. Esta es una pretensión que tiene mucha gente y que es sana”. Amparándose en esa petición y en el sistema republicano, exhorta a los jueces a garantizar ese status quo. Se podrá decir que mi interpretación es algo sesgada, no lo creo así, si consideramos que, a poco de reunirse con Magnetto y los restantes dirigentes de AEA, declaró: "falla en muchos aspectos la seguridad jurídica en el país porque, entre otras cosas, no existe previsibilidad de las reglas, las oscilaciones tan bruscas son muy graves”.

Si a este concepto atamos estos otros dichos “La igualdad no es algo abstracto, la igualdad equivale a la dignidad y la dignidad es algo siempre austero, la gente no pide grandes cosas, pide derechos básicos”, comprenderemos que el mundo que imagina Lorenzetti es un lugar exento de conflictos: los poderosos mantendrían su condición de tales, sin cuestionamientos, por la módica retribución de permitirle a “lagente” poco ambiciosa una austera dignidad, el goce de “derechos básicos”, nada en demasía.

Reacio a las transformaciones que implican “intranquilidad” para los pobres e “inseguridad jurídica” para los ricos, Lorenzetti termina justificándose en la descalificación de quienes dice lo desvelan: No hay manera que una persona que está desempleada… entienda que nosotros estemos preocupados por grandes cuestiones y disputas de poderes alejadas de las personas (ergo, no saben lo que votan). La pobreza, el desempleo no preguntan de que partido somos ni de que lado estamos en un conflicto, si somos de un lado o del otro (ergo, carece de sentido la contienda política). La pobreza, el desempleo quieren soluciones, y por eso es función de la justicia (no de la política) defender la igualdad”. En otras palabras, el conflicto social desaparece o es deslegitimado, la justicia social, un recuerdo turbulento, todo quedaría reducido a una especie de re-equilibramiento frente a especiales circunstancias individuales donde algún “lagente” no tenga garantizado su acceso a la “austera dignidad”. Fin de las ideologías, abolición de la lucha política, derogación de la lucha de clases e, incluso, hasta del proceso expansivo de los derechos humanos. Todo vuelve, con un poco más de magnanimidad garantista del “paquete mínimo de derechos de Rawls”, a la bucólica época en que su abuelito llegó de Italia.

Evidentemente, son nada menos que el peronismo y el kirchnerismo los artífices políticos de la “intranquilidad” y la “inseguridad jurídica” detestadas por Lorenzetti, ya no sostenidas a través de “compensaciones asistencialistas y clientelistas”, sino a través de legislación inclusiva, igualadora, y generadora de derechos, prestaciones que deben ser solventadas con la contribución de los más favorecidos de la sociedad, promoción social cuya satisfacción muchas veces exige interpelar al poder fáctico y, peor aún, menoscabarlo. 

Y Lorenzetti se atreve a enfrentarlo con una ideología explícita, acumulando desde el Poder Judicial intentando la inserción de un discurso único y oponiendo una metodología: confronta la Ley transformadora, producto de los poderes democráticos, con los PETREOS E INALTERABLES “PRINCIPIOS” Y LINEAMIENTOS JUDICIALES, que aspiran a ir mucho más allá del mero control de constitucionalidad, (en su concepción) se erigen como capaces de ponerse por encima e incluso suplantar a la legislación: una invitación a sumarse al británico estilo del commom law (la ley no es otra cosa que el producto de la doctrina sentada en las sentencias). 

“Nunca se habló tanto de la igualdad, y nunca se hizo tan poco, es lo que está pasando ahora, porque escuchamos muchos discursos de la igualdad, pero no es lo que la gente vive, aquí y en el mundo” pareciera ser la consigna filantrópica que sintetiza el llamado a la rebelión de Lorenzetti. Huestes de Magistrados se preparan, cuales rubios arcángeles justicieros, para salir por la Mancha a “desfacer entuertos” perpetrados por las inquietantes ansias transformadoras.

“Los jueces sirven para que la gente, aunque vote, no  gobierne”, podría ser entonces la respuesta brindada por Lorenzetti al Señor común que preguntaba al inicio. El poder judicial es contramayoritario”, sostiene (toda una definición de quien introduce en su discurso a Thomas Hobbes, el teórico más eminente del despotismo), se erige equidistante entre los Poderes de la Democracia y los poderes fácticos (“no vamos a ceder a las presiones de los poderes políticos ni económicos” dice poniéndolos en pie de igualdad, como si los “poderes políticos” no lo fueran de la República y la Democracia, o los poderes fácticos sí lo fueran), no necesita de leyes de la democracia, ni del sostén de la voluntad popular para legitimarse, sólo del apego a sus propios principios y “nada más que escuchar” por si alguno golpea las puertas de los estrados.



8 comentarios:

Moscón dijo...

La Inquisición,utilizaba los mismos términos cuando "instruían" un "auto de procesamiento",con "secreto de sumario" y todo,igual que nuestros actuales jueces(gran cantidad de la jerga judicial se incubó en ese ámbito).
La cosa se organizó contra los judíos,en España quedan muchas "Juderías" en pie de mas de seiscientos años.En anglosajón el juez es "jugde" y cárcel es"jail".
Es nacida del racismo
.La justicia de estos pagos es hermana gemela ya anciana y reblandecida de ese poder fáctico utilizado por siglos para aglutinar bajo una misma doctrina el arreo humano.
"La Corte" la componían los amigotes del Rey disponiendo del ágil consejo al soberano si este les servía a sus propósitos,y mas de una vez los mandaron al bombo.
No va a ser fácil sacarle el carácter aristocrático después de siglos de inercia pedante.

Adán De Ucea Queralt dijo...

Me complace notar que el burro se supera post a post y nos empuja cual zanahorias empotradas al collar. Desglose digno de Rucio, el destripador.

Ricardo dijo...

Un mamarracho que desnuda sus intenciones, el discurso de Lorenzetti.
Eso de fijar políticas de Estado previsionales... bueh, que se presente nomas a elecciones, a ver quién o quiénes le alquilan partido.

Anónimo dijo...

Antes a los Presidentes se los llamaba "el exelentìsimo.." No deberìamos empezar por abandonar todas esos significantes palaciegos. Cortesanos, Palacio de Justicia, Supremos, etc? Lola

Lic. Baleno dijo...

Que ha estado Ud. clarisimo.

tio pepe dijo...

1) Establecer vencimiento de mandatos....¡basta de "por vida"!.
2) Revisar y/o controlar sus acciones...¡basta de hacerlo "entre ellos mismos"!.
3) Igualdad ante la ciudadanía...¡A tributar!.
Me parece que para empezar alcanza.-

Luis Quijote dijo...

¡Qué falta de respeto, qué atropello a la razón!
¡Cualquiera es un señor!
¡Cualquiera es un ladrón!
··········
Que el mundo fue y será una porquería ya lo sé...
(¡En el quinientos seis y en el dos mil también!).


Pero en el 2012 la cosa viene cambiando...
Tango Cambalache.

Sin limpieza en la justicia, nada puede ser justo ni limpio.

Luis Quijote dijo...

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