viernes, 29 de noviembre de 2013

EX-PRO-PIA-CION ¿Cuál es la parte que no entendiste?




Tras largos dimes y diretes, Repsol acepta ayer la propuesta Argentina sobre el monto de la indemnización con que el Estado “compensaba” el 51% de las acciones de YPF que le expropiara en abril-mayo de 2012. 


A partir de ahí, una catarata de elucubraciones y acusaciones, por derecha y por izquierda, que suenan rimbombantes, pero que poco o ningún anclaje  tienen en el mundo real. Habremos de reconocer que, si hablamos de asidero, convergen las diatribas desde variadas fuentes: 1) el replicante titular de “confiscación” con que los medios hegemónicos vernáculos y extranjeros gustaban tildar sus informes sobre el proceso expropiatorio; 2) las reinterpretaciones de las argumentaciones con que funcionarios y dirigentes oficialistas respondían a las desmesuradas exigencias patrimoniales de Bruffau; ambas en franca contradicción con lo expresado en la ley; 3) las catilinarias moralizantes de la derecha paleoperonocarriotista; 4) la rebosante imaginación izquierdista; estas últimas dos adolecientes de desmemoria.  

Vayamos a la primera categoría de críticas (1 y 2), calificables como apelaciones a la desinformación, jugadas políticas, manifestaciones de deseos o aplicaciones prácticas del regateo mercachifleril al mundo de las altas finanzas. 

A modo de ejemplo, para la cobertura del proceso de expropiación del 51% de las acciones de YPF en manos de Repsol, La Nación inauguró la sección intitulada “la confiscación de YPF” para facilitar la búsqueda de las noticias y editoriales referidas al “avasallamiento”, la “inseguridad jurídica”, la “violación de derechos, especialmente el de propiedad” entre otros motes que distinguían peyorativamente la nacionalización. Por mayores precisiones, remito a este breve post “de época”: “Y ahora contame una de piratas”. 

Sancionada la norma, aparece la segunda fuente traída ahora a colación. También a modo de ejemplo, traigo a colación declaraciones de Axel Kiciloff, menos recordadas que tergiversadas para lograr el efecto “cambio de rumbo”. Mas allá de cualquier bravuconada mediática, en la exposición que en el mismo mes de abril/12 realizara en el Congreso a poco de intervenir el Directorio de YPF, quedaron claras las pretensiones de las “partes”: por un lado Repsol aspiraba a ser indemnizado con algo así de 11 mil millones de dólares, Kicillof cuestionaba esa cifra, hablaba de deudas con el Estado que compensarían buena parte de ese monto, y, en particular, la valuación del “pasivo ambiental” que no era reconocido por los balances de la empresa. A posteriori, Repsol demanda a Argentina ante el CIADI, intentando de ese modo escatimar de la jurisdicción argentina la tasación de activos y pasivos. Es decir, oficialmente, nunca el Estado Argentino discutió el derecho de Repsol a ser indemnizada, si respecto al justo valor de la indemnización. Nótese que, de los informes realizados por las provincias afectadas por la explotación petrolera española, se estima que el daño ambiental producido rondaría un total de casi 6 mil millones de dólares. A la empresa se le ofreció cerca de 5 mil millones en esa moneda (en bobos a mediano plazo), es decir que, monto comprometido más pasivo ambiental estimado unilateralmente, conforman la cifra pretendida por Repsol (aunque para llegar a los 10 mil de Bruffau, se supone que ya habría deducido el daño ambiental).  (puede consultarse Clarín acá y acá), sin perjuicio de advertir que las estimaciones de Kicillof en 2012 no son más que eso y “a ojo de buen cubero” (hacía apenas días que había tomado contacto con el material contable de YPF y no se había realizado ninguna estimación seria de pasivo ambiental), y que ni siquiera le competía hacerlo, como veremos.

De todos modos, a la prensa y a las agrupaciones opositoras le es útil recordar, parcialmente y sin contexto, estas cuestiones. De otro modo no podrían elaborar chicanas respecto al supuesto “paso atrás cerca del abismo de la crisis”, ni Joaquín Morales Solá podría invitarnos a la carcajada espontánea realizando su libre reinterpretación sobre  para afirma un cambio de rumbo (“Un giro político agazapado” una recurrente predicción tal como "se viene el ajustazo") que auguraría que “no falta mucho para que el Gobierno anuncie que entregará Aerolíneas Argentinas a alguna empresa aerocomercial privada, antes de que todos sus aviones terminen chocando en tierra”. En fin, un Nobel de Literatura a la derecha. 

Ahora bien… se paga, y no podría ser de otro modo, cualquier conclusión o aventurada hipótesis choca con varias normas legales. Repasemos: 

CN Art. 17: “... La expropiación por causa de utilidad pública, debe ser calificada por ley y previamente indemnizada...”
Ley Nº 26.741 (declara Interés publico el autoabastecimiento de hidrocarburos y expropia 51% acciones de YPF): “Art. 12- El precio de los bienes sujetos a expropiaciónse determinará conforme lo previsto en el artículo 10 y concordantes de la Ley Nº 21.499. La tasación la efectuará el TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACIÓN” (¿Cómo? No era por Kicillof?).
Ley Nº 21.499 (Ley General sobre expropiaciones): “Art. 10 - La indemnización sólo comprenderá el valor objetivo del bien y los daños que sean una consecuencia directa e inmediata de la expropiación. No se tomarán en cuenta circunstancias de carácter personal, valores afectivos, ganancias hipotéticas, ni el mayor valor que pueda conferir al bien la obra a ejecutarse. No se pagará lucro cesante. Integrarán la indemnización el importe que correspondiere por depreciación de la moneda y el de los respectivos intereses”.
Ley Nº 21.499 (Ley General sobre expropiaciones): “Art. 13 - Declarada la utilidad pública de un bien, el expropiante podrá adquirirlo directamente del propietario dentro de los valores máximos que estimen a ese efecto el Tribunal de Tasaciones de la Nación para los bienes inmuebles, o las oficinas técnicas competentes que en cada caso se designarán (evidentemente no, no era Kicillof), para los bienes que no sean inmuebles. Tratándose de inmuebles el valor máximo estimado será incrementado automáticamente y por todo concepto en un diez por ciento”.
Ley Nº 21.499 (Ley General sobre expropiaciones): “Art. 18 - No habiendo avenimiento, el expropiante deberá promover la acción judicial de expropiación”. Avenimiento significa que existe un acuerdo de partes sobre el objeto expropiado y la tasación fijada, incluso, sobre la forma de pago y demás condiciones.

Trascripto lo cual, queda despejada la duda (o especulación) más grosera, desde que se sancionó la ley que expropia el 51% de las acciones de YPF, NINGUNA DUDA DEBIA QUEDAR de que el Estado Nacional se comprometía a pagar lo que consideraba su justo valor (en el caso, lo tasado por el TTN –que supongo habrá tenido en cuenta la cotización en bolsa de las acciones en ese momento- descontando el pasivo ambiental determinado por cada provincia). Todo lo demás fue –es- pirotecnia usada para mejorar posiciones negociales y/o aprovecharse de incautos –o maliciosos según el caso- repetidores y/o sacar un miserable rédito político de la situación. 

Otra duda que se despeja (con la mención de la legislación) es la que pretende inducir que ofertar un precio y una forma de pago a Repsol, es una maniobra espuria o ilegítima, tramposa o corrupta. Como claramente lo establece la ley general de expropiaciones: primero se sanciona la ley, después el TTN fija el monto máximo de la indemnización, después… viene el avenimiento. Si el expropiado esta de acuerdo, se acabó el rollo… como se acabó una vez que el directorio de Repsol dio el sí, para lamentación y escarnio de las hordas  de cagatintas y de especuladores financieros que hubiesen preferido seguir usufructuando con dilaciones, maniobras y entredichos. Los resultados están a la vista: las acciones de YPF pegaron un salto de un 12% en su cotización con la sola oferta, lo que representa una revalorización de su capital, en un día, equivalente al doble de lo que el estado nacional se comprometió a pagar a Repsol en 10 años. De paso PEMEX (uno de los principales jugadores mundiales en el ámbito del petróleo) quedó con las manos libres para participar en la exploración y explotación de Vaca Muerta mediante inversiones directas junto a YPF. 

Y aquí es cuando cabe entrarles al segundo grupo de cuestionadores: los adolecientes de desmemoria.

El icónico representante del grupo 3 resulta ser Pino Solanas. Con ampulosa adjetivación afirmó que: “la indemnización a la petrolera española Repsol que la Argentina pagará por la expropiación del 51 por ciento de las acciones de YPF es una estafa y un acuerdo espurio", amenazando con “impugnar cualquier acuerdo porque acá hay una causa abierta que tiene a su cargo el juez Ariel Lijo por el vaciamiento de YPF”

Como adelantara, el acuerdo nada tiene de estafa o de espurio, al menos desde el punto de vista procedimental, el mecanismo de acuerdo está perfectamente previsto por la ley. En el mejor de los casos, Pino (como tantos otros) para ser tomado mínimamente en serio en su desacuerdo, debería cuestionar el precio fijado por el TTN, aportando fundamentos técnicos, ambientales y económicos en apoyo a su disímil apreciación… pero eso sería pedirle peras al Pino. 

En cambio opta por la insustancialidad de los epítetos, subrayados con cierto glamoroso tono barrionortesco, y la vacua excusa de un proceso penal por vaciamiento de YPF, como si ello resultara en óbice alguno, operación calcada de la ejercitada en el debate sobre la expropiación de la Imprenta Ciccone. En aquel momento se dijo que expropiar la empresa implicaba tapar una causa penal abierta, la empresa se expropió y la causa siguió su curso. 

Pero ¿es cierto que Repsol vació YPF? Todo pareciera indicar que sí. ¿Por qué entonces Pino Solanas voto a favor de la expropiación (sabiendo además que había que pagar) y ahora aparece con este cacareo? …  Una primer hipótesis (más indulgente) apuntaría a aseverar que está gagá. Otra, quizás más fundamentada, lo sindicaría como un oportunista mediático; y una tercera, afirma que es un jodido funcional a los intereses de los buitres que se regodean con la timba bursátil que crece al amparo de la incertidumbre sobre la suerte de la empresa estatal. Lo que (esquivando el debate sobre las motivaciones) es seguro, es que el acuerdo con Repsol nada quita ni nada agrega a la causa por vaciamiento. Pero además, teniendo en cuenta que el Directorio de YPF fue intervenido ni bien el proyecto de de ley fue remitido al Congreso y, en consecuencia el vaciamiento de activos debió producirse antes (durante el gobierno de Nestor según el cineasta), los valores atribuidos a posterioridad por el TTN (durante 2012-2013, los que no son impugnados nunca por Pino) reflejan esa pérdida patrimonial, es decir, no incluyen los bienes apropiados por los españoles. Si hubo vaciamiento y mala administración anterior, de eso debe darse cuenta en la tasación realizada al momento de la expropiación, no en momentos previos al vaciamiento. Y Lijo que siga laburando en lo que le toca, si algún día resulta que demuestra el delito imputado, ahí estarán Repsol y sus directivos para responder patrimonialmente, pero que no joda Pino, sabe bien que el motivo de la expropiación fue el logro del autoabastecimiento Hidrocarburífero… ¿pretende que tenemos que esperar la decisión de Lijo para avanzar en el logro?. 

Y por fin, algunas palabras para aquellos que repiten la misma cantinela de “¿por qué pagar por un montón de fierros viejos?” con que cuestionaban a Perón cuando estatizó (mediante expropiación) los ferrocarriles ingleses y otras empresas de servicios públicos. Esos que desde los confines de la izquierda claman como una cuestión de fe por la “expropiación sin pago”, agitando ante La Nación los cucos de la confiscación bolchevique, haciendo alarde de la herejía semántica y de la banalización de las palabras. Porque, mal que les pese a los troscoliches (y más o menos que nos guste a todos), en estos pagos cuando se expropia se paga, no hay otra… “expropiación sin pago” (como lo ilustré con las citas legales) es un contrasentido como “vender gratis” o “volar en el agua”. 

Por supuesto que es difícil el debate con esos que se paran en el pedestal de la pura utopía, sin pragma ni experiencia verificable en la historia y sin asumir ninguna responsabilidad respecto a la realidad social, política, económica, financiera, ni global ni local. Si por ejemplo, les argumento que incluso en procesos indubitadamente revolucionarios, de inocultable filiación marxista-leninista, como el cubano, el estado se apropió de los resortes de la economía utilizando el resorte de la expropiación (con pago de indemnización), y les muestro en respaldo las leyes  890 y 891 de 1960, argumentarán que estoy haciendo referencia a un burócrata reformista, conciliacionista y traidor del proletariado como Fidel Castro.

Pero debieran saber que ni es una cuestión de purismo principista, ni nada es totalmente gratis, porque se los dijo el propio líder espiritual de la secta en 1905: “Lo mismo vale, en una medida aún mayor, para la expropiación, poco importa que se efectúe con indemnización o sin ella. La expropiación con indemnización ofrece ventajas políticas pero entraña dificultades financieras, mientras que una expropiación sin indemnización implica ventajas financieras pero también inconvenientes políticos. Pero más grandes que estas o aquellas dificultades serán las que planteen los problemas económicos y de organización. Repetimos: el gobierno del proletariado no es un gobierno que pueda hacer milagros” (Lev Davidovich Bronstein, RESULTADOS Y PERSPECTIVAS. 8. El gobierno obrero en Rusia y el socialismo). En este caso, seguramente adjurarán momentáneamente de su exégesis y me dirán (Prensa Obrera y Clarín bajo el brazo) “Trotski no sabía nada… me voy a luchar contra el ajustazo que pergeñan para 2014, ¡YA!”. En fin…


3 comentarios:

Daniel dijo...

Me lo llevo a la mesita de luz para consulta y esclarecimiento.

Anónimo dijo...

Peron estatizo los ferrocarriles porque Inglaterra no iba a pagar la deuda que tenia con la Argentina. Basta de mentirle a las criaturas.

GrouchoMarx dijo...

Convengamos, amigo Rucio, que el gobierno ha abusado de Repsol de una manera descarada.

Eso de pagar "en bobos a mediano plazo" es indignante.

¿Se incluye a Ricardito Alfonsín en la negociación?