viernes, 23 de noviembre de 2012

Clarin: la loca estrategia de la ilegalidad.




¿Cómo sigue esta historia? ¿El Grupo Clarín en su desesperación,  como un conductor borracho, va dando banquinazos de un lado al otro del camino de mantenimiento de la hegemonía mediática que se ha trazado? ¿El Grupo Clarín usa y abusa de un doble discurso, uno para la gilada cacerola y para dar argumento a sus (de su propiedad) lobistas y políticos cómplices, otro que desarrolla en su estrategia judicial? ¿o, simplemente, CLARIN MIENTE?




Las alternativas (podrían ser muchas más) forman parte de las interpretaciones posibles que le podríamos dar a la conducta del Grupo, pertenecen al mundo de las percepciones subjetivas que se edifica sobre los hechos reales y concretos, corroborables, tocables, audibles, medibles. 

La estrategia de Clarín para resistir la aplicación de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisuales ha sido compleja y se ha desarrollado en varios ámbitos: en el social (alentando, asociándose y reinterpretando a su gusto y placer las implicancias del 13 S, del 8 N e, incluso, del paro del 20 N); en el Corporativo (logrando el respaldo de asociaciones empresariales del mundillo mediático como ADEPA, SIP, GEN de las que participa), en el Internacional (logrando ostensibles derrotas tanto en OEA como en ONU, cuyas agencias especializadas se han expedido favorablemente a la aplicación de la LSCA) y en el parlamentario (al menos, mientras la Comisión de Libertad de Expresión fue presidida por la Giúdice, hallaron un foro amigable para expresar su victimización, contrariamente, malgastaron lastimosamente los 2 años de hegemonía del “Grupo A”). Pero donde apuntó su munición gruesa, indudablemente, fue en el ámbito judicial.

Y sobre este campo de batalla (habida cuenta que lo que está escrito y presentado por mesa de entradas no puede ser rebatido, y lo que no está en el expediente, no existe en el mundo como reza un viejo adagio forense) me voy a extender para analizar la ¿esquizofrénica u oportunista? actividad del Grupo, a la vista de su última movida de “pedir la escupidera” a la Suprema Corte para lograr la extensión del plazo de una cautelar que vence el 7-D.

¿Qué dice y que hace Clarín? Las ideas fuerza a las que ha apelado, básicamente en estos últimos meses, para fogonear la defensa de sus intereses, son: 1) la LSCA implica un avasallamiento a la libertad de expresión; 2) el Estado prorroga indefinidamente el juicio para evitar un fallo sobre el fondo de la cuestión; 3) 7 D no debe pasar nada; 4) debe intervenir la corte para eludir la inacción judicial.

1) la LSCA implica un avasallamiento a la libertad de expresión. Le han dado a la matraca de manera agobiante, sin embargo (según la propia Suprema Corte) la cuestión ni siquiera ha sido planteada tangencialmente. La presentación de Clarín se reduce a argumentar que la desinversión que exige el 161 de la Ley afecta su derecho a la propiedad sobre la explotación de las frecuencias que oportunamente le fueran concedidas. Ante la justicia, no reclaman por libertades (como repiten a coro los turulos útiles) sino por plata, una cuestión con mucha menos capacidad de concitar la solidaridad de amplios sectores de la sociedad.  




En su intervención anterior (22/5/12), la Corte abordó el asunto y dijo: “Que en cuanto a la protección de la libertad de expresión, esta Corte ha sido muy clara y consistente en su reconocimiento a lo largo de una extensa e importante jurisprudencia. Sin embargo, en la causa no hay más que una mención al tema, ya que la parte actora no aportó ningún elemento probatorio que demuestre de qué modo resultaría afectada esa libertad. Más aún, en los escritos de la recurrente no hay más que menciones generales, pero no existen argumentos que relacionen directamente la norma de desinversión con la libertad de expresión”.

Aclaremos que, independientemente de la LSCA, la acumulación de licencias que detenta el grupo, era ilegal también respecto a la anterior ley de radiodifusión (a pesar de que había sido reiteradamente modificada a instancias de legalizar los negocios ilegales del Grupo): L. 22.285/80 “ARTICULO 43. - El PODER EJECUTIVO NACIONAL o el COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION, según corresponda, podrán otorgar hasta VEINTICUATRO (24) licencias para explotar servicios de radiodifusión a una misma persona física o jurídica”; el Grupo Clarín cuenta en la actualidad con 270 licencias. 

2) el Estado prorroga indefinidamente el juicio para evitar un fallo sobre el fondo de la cuestión: Técnicamente, lo que el Estado ha hecho es debatir la competencia del Juez interviniente (Civil y Comercial, en vez de Contencioso Administrativo, como entiendo debiera ser, porque lo que se está discutiendo no es una cuestión entre “privados”, sino entre un ente privado y otro público que actúa conforme a su poder de ordenamiento de los intereses de la sociedad, es decir, con poder de imperio) y  recusar a aquellos jueces que entiende tienen algún interés incompatible con la atención de la causa (el caso del “becado” por una de las partes para participar  en Miami de un simposio co-organizado por la misma parte) y que lo hace sospechoso de parcialidad. Ambos planteos procesales previstos por la ley y accesibles para cualquier hijo de vecino. Fuera del proceso, dice Clarín que el Gobierno “presiona” a los jueces denunciándolos penalmente y ante el Consejo de la Magistratura por su supuesta parcialidad… y obvio. Dígame, amable lector, si en medio su juicio de divorcio, Ud. se entera que el Juez interviniente era el “Pata de Bolsa” ¿Ud. que haría? (cagarlo a trompadas no es una opción).

Ahora Clarín se queja que estas demoras implican una denegación de justicia. Bien, recordemos que el Grupo consigue el 7/12/2009 que el Juez “ad hoc” (no un juez natural) dicte una medida cautelar que impide que se le aplique el plazo de desinversión previsto por la LSCA. Recién 1 año después (17/11/2010), se le corre traslado de la demanda al Estado Nacional, impidiéndole de ese modo que empiece a articular su defensa hasta entonces, y discutir la cuestión de fondo que le urge ahora al Monopolio. El primer año de los 3 se perdió por exclusiva responsabilidad, haciéndose evidente que su único interés era extender la cautelar hasta que, como preveía entonces, cambie el gobierno (la fecha no es casual, la especulación tampoco, hacía apenas 20 días que había fallecido el que debiera haber sido el continuador de Cristina).

Dice el propio fallo de la Corte: “La actora promovió la demanda, el 4 de febrero de 2010, al “único efecto de evitar la caducidad de la medida cautelar”. Sin embargo, requirió que no se dispusiera correr traslado y que se reservara el escrito en secretaría; además, formuló expresa reserva de su derecho a ampliar la presentación.” (fs. 1323/1324) y le enrostra al multimedios: “No es posible tolerar que, a partir de la obtención de medidas cautelares una de las partes pueda desentenderse de la marcha del proceso principal o prolongar artificialmente su duración, ya que ello constituye un supuesto de ejercicio contrario a los fines de lo que la ley tuvo en miras al reconocer este tipo de medidas”.

3) 7 D no debe pasar nada: Hasta hace apenas unos días, Clarín lo sostenía a pie juntillas, así que se negaba categóricamente a adecuarse a la LSCA presentando un plan de desinversión, es decir, proponer la forma, modo y tiempo en que se iba a desprender de loa medios y de las licencias que exceden las que permiten la ley. En su edición del 24 de diciembre, se decía:El próximo 7 de diciembre, y contra lo que dice el Gobierno, en realidad no debe suceder nada, insistió ayer Martín Etchevers, gerente de Comunicaciones del Grupo Clarín . Y explicó que en ese diagnóstico coinciden El próximo 7 de diciembre, y contra lo que dice el Gobierno, en realidad “no debe suceder nada”, insistió ayer Martín Etchevers, gerente de Comunicaciones del Grupo Clarín. Y explicó que en ese diagnóstico coinciden “todos los constitucionalistas de la Argentina, de las distintas extracciones y de distintas universidades”.




Parece ser que “todos los constitucionalistas de la Argentina, de las distintas extracciones y de distintas universidades” cambiaron rápidamente de idea, porque ahora, en su presentación ante la Suprema Corte, sostienen que las supuestas maniobras dilatorias del “gobierno impide conformar el tribunal que debe resolver el pedido de extensión de la medida cautelar que para el oficialismo vence el 7 de diciembre”. Una joyita: “para el oficialismo”, no para el Gobierno ni para la autoridad de aplicación; aparte, si que el 7D implica el vencimiento de la cautelar fuera una mera interpretación arbitraria y unilateral ¿qué sentido tendría pedir una ampliación de una cautelar que no vence? Muy loco ¿no? 

Para mí, al respecto también el fallo de la Corte del 22 de mayo pasado fue más que claro:  “2)  Que el plazo de 36 meses de la cautelar se cuenta a partir del 7 de diciembre de 2009 y vence el 7 de diciembre de 2012…  4) En consecuencia, estando vencido el plazo legal, y por efecto de la finalización de la cautelar, a partir del 7 de diciembre de 2012 vence la suspensión del art. 161 de la ley 26522 con respecto a la actora. ” (completo en PDF, en la página de prensa del Poder Judicial, bajo el explícito título: Ley de medios: la Corte precisó el plazo de vigencia de la medida que suspendió el artículo 161”). En realidad es una clara señal de que nos estamos entendiendo, con esta presentación solicitando la ampliación de la cautelar, Clarín admite que el 7D hay que adecuarse y punto.

4) debe intervenir la Corte para eludir la inacción judicial. Eso se llama “per saltum”, es decir que, por alguna razón, no se le pide una medida al juez o instancia que corresponde, sino que se lo requiere directamente a la Corte.

Según Clarín, semejante cosa permitiría “al Ejecutivo saltear pasos jurídicos y pedir la intervención del Máximo Tribunal en causas "de gravedad institucional". Intentará utilizarlo para forzar la aplicación de dos artículos de la ley de medios” y “La sanción de esta ley es parte de la estrategia del oficialismo para lograr la aplicación de dos artículos de la ley de medios objetados por el Grupo Clarín, que pidió que se los declare "inconstitucional".  Sin embargo, aún antes que “el polémico proyecto” sea promulgado por el P.E., es el propio grupo quejoso el que pretende usar en su beneficio el “inconstitucional procedimiento”. Paradójico ¿no?

El calificativo “inconstitucional” no me corresponde a mí, sino a la apoyatura legal a la que recurrió el grupo para sustentar su posición: “El per saltum debilitará el control judicial sobre los actos de los otros poderes del Estado”… Sobre el proyecto de regulación de ese instituto, a punto de ser aprobado en el Congreso, dijo que se trata de “una medida inconstitucional”. … “el per saltum creará aun más inseguridad jurídica, porque al permitir eliminar la doble instancia que exigen los convenios internacionales en vigor , se debilitará el control judicial sobre los actos de los otros poderes del Estado”. ¿Quién lo dice? Fiel a su estilo objetivo e imparcial, Clarín busca la opinión de prestigiosos juristas de reconocida independencia y de ecuánime y sabia interpretación: el miembro del Consejo de la magistratura Alejandro Fargosi. ¿Le suena? Sí, ese mismo que mientras la sesión del Consejo destinada a designar jueces (entre otros, el juez natural del juzgado en donde tramita la causa Clarín) fracasaba por falta de quórum, paseaba junto con Oscar Aguad (otro de los integrantes ausentes) por tierras venezolanas en su novísima condición de veedor internacional caprilista. 


Fargosi, el gordito arriba, entre Pinedo y Michetita.

Lo cierto es que Clarín, el mismo que se queja de que el Estado critica a jueces de la dictadura jubilados puestos mediante irregulares sorteos, desconfía de jueces que participan del turismo de foros que organiza la contraparte, con todo pago por la contraparte, señala a Camaristas que designan irregularmente jueces en vez de nombrar los titulares del juzgado en el Consejo de la Magistratura, decide ir a la Corte justo ahora, cuando por fin hace un mes la Cámara designó con regularidad,  conforme a la Ley, al juez suplente que intervendrá en la causa, hasta que termine o hasta que se designe el titular, designación que no fue cuestionado por ninguna de las partes en litigio. Todo con el argumento de que existen “maniobras para impedir la actuación de los jueces naturales y permitir que el caso sea asumido por magistrados de otro fuero o conjueces designados irregularmente”. Si está regularizado el Juzgado ¿por qué Clarín no pide la ampliación de la cautelar al juez correspondiente? Casi de risa.

Seguramente, se me escapan algunos hechos que alguien considerará relevante para dar una interpretación correcta a esta historia. También es cierto que se me filtraron alguna ironías que conspiran contra la objetividad con que pretendo abordar el tema ¿Y..? aquel que esté libre del pecado de parcialidad que tire el primer comentario.

Aparte de esos deslices, creo que por fin en este país nos estamos poniendo de acuerdo… el 7D pasa… y mucho.






7 comentarios:

daniel mancuso dijo...

Completito, muy bueno, abrazo grande

Norberto dijo...

Mi sensación Rucio, es que ante la falla de una maniobra urdida con el par o referente de la CSJRA del juez Recondo, vos sabés con quien este se reunió a solas, en la desesperación de que la corpo judicial se abre de gambas, porque todo se ha hecho demasiado evidente y temen arruinar sus otros negocios, los jueces por supuesto, entonces la Corneta quiere hacer jugar a su dama, cosa que estimo puede ser aceptada por esa pieza del tablero, dependiendo del poder de presión del multimierdos.
Lo que digo es muy arriesgado pero posible ante la desesperación en que se encuentran por la urgencia de las fechas.
Nunca menos y abrazos

Daniel dijo...

Impecable.

Ricardo dijo...

En el NOA les decimos pata'i lana.

El gobierno sólo va a hacer cumplir la ley. Mi preocupación pasa por no otorgarle argumentos legales a Clarín para que siga utilizando cuanto vericueto legal exista. ¿Carta documento después del 7D?

Pensaba que Clarín sólo apelaba a la libertad de prensa en la causa y dejaba al derecho a la propiedad para seguirla luego...

Rucio dijo...

Norberto: creo (casi arbitrariamente) que Clarín cuenta 2 votos en la Suprema: Fayt (más que por su concepción ideológica, por lo que dijo la Carrió como al pasar en una entrevista hace unos días: "es el único en que se puede confiar"), y Petracchi, y juega a su capacidad de lobby con Lorenzetti y avivar viejas lealtades de Maqueda. Fallo dividido cantado me parece, pero no creo que pongan las manos en el fuego por ninguno de los 4.

Ricardo: ¿ves que venden cualquier verdura? el verso de la libertad de expresión en para victimizarse y darle letra a los adeptos. En la justicia están discutiendo otra cosa. Y lo de los vericuetos legales: es inevitable, aunque no le des ningún argumento, eso está.
Respecto al día después del 7D, hoy Sabatella volvió a decirlo, si no hay plan de desinversión, lo hace la autoridad de aplicación y licita las licencias.

Gracias Mancuso y Daniel, y a los Compañeros de Indecquetrabaja que replicaron el post.


Anónimo dijo...

Perdón pero llegué acá de casualidad y parece que están jugando al TEG, bajemos los decibeles, chicos, que el pueblo la ve siempre pasar, los politicos son todos chorros y los K ni hablar y las empresas buscan sus ganancias y todo les importa un comino. No le hagan el juego a estos ladri.

Rucio dijo...

Si suponés, Anónimo, que en el caso de la LSCA (como en la del matrimonio igualitario, como en la identidad de género, como en las fijaciones de SMVM, como en la ley de peon rural, o en la empleadas domésticas, como en la AUH y embarazo, como la de jubilaciones, entre tantas otras) "el pueblo la ve siempre pasar" es que estás perdiendo demasiado tiempo viendo otro canal.