¿Cómo sigue esta historia?
¿El Grupo Clarín en su desesperación, como un conductor borracho, va dando banquinazos
de un lado al otro del camino de mantenimiento de la hegemonía mediática que se
ha trazado? ¿El Grupo Clarín usa y abusa de un doble discurso, uno para la
gilada cacerola y para dar argumento a sus (de su propiedad) lobistas y
políticos cómplices, otro que desarrolla en su estrategia judicial? ¿o,
simplemente, CLARIN MIENTE?
Las alternativas (podrían
ser muchas más) forman parte de las interpretaciones posibles que le podríamos
dar a la conducta del Grupo, pertenecen al mundo de las percepciones subjetivas
que se edifica sobre los hechos reales y concretos, corroborables, tocables,
audibles, medibles.
La estrategia de Clarín
para resistir la aplicación de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisuales
ha sido compleja y se ha desarrollado en varios ámbitos: en el social
(alentando, asociándose y reinterpretando a su gusto y placer las implicancias
del 13 S, del 8 N e, incluso, del paro del 20 N); en el Corporativo (logrando
el respaldo de asociaciones empresariales del mundillo mediático como ADEPA,
SIP, GEN de las que participa), en el Internacional (logrando ostensibles
derrotas tanto en OEA como en ONU, cuyas agencias especializadas se han
expedido favorablemente a la aplicación de la LSCA) y en el parlamentario (al
menos, mientras la Comisión de Libertad de Expresión fue presidida por la
Giúdice, hallaron un foro amigable para expresar su victimización,
contrariamente, malgastaron lastimosamente los 2 años de hegemonía del “Grupo A”).
Pero donde apuntó su munición gruesa, indudablemente, fue en el ámbito judicial.
Y sobre este campo de batalla (habida cuenta que lo que está escrito y presentado por mesa de entradas no puede ser rebatido, y lo que no está en el expediente, no existe en el mundo como reza un viejo adagio forense) me voy a extender para analizar la ¿esquizofrénica u oportunista? actividad del Grupo, a la vista de su última movida de “pedir la escupidera” a la Suprema Corte para lograr la extensión del plazo de una cautelar que vence el 7-D.
Y sobre este campo de batalla (habida cuenta que lo que está escrito y presentado por mesa de entradas no puede ser rebatido, y lo que no está en el expediente, no existe en el mundo como reza un viejo adagio forense) me voy a extender para analizar la ¿esquizofrénica u oportunista? actividad del Grupo, a la vista de su última movida de “pedir la escupidera” a la Suprema Corte para lograr la extensión del plazo de una cautelar que vence el 7-D.
¿Qué dice y que hace
Clarín? Las ideas fuerza a las que ha apelado, básicamente en estos últimos
meses, para fogonear la defensa de sus intereses, son: 1) la LSCA implica un avasallamiento
a la libertad de expresión; 2) el Estado prorroga indefinidamente el juicio
para evitar un fallo sobre el fondo de la cuestión; 3) 7 D no debe pasar nada; 4)
debe intervenir la corte para eludir la inacción judicial.
1)
la LSCA implica un avasallamiento a la libertad de expresión.
Le han dado a la matraca de manera agobiante, sin embargo (según la propia
Suprema Corte) la cuestión ni siquiera ha sido planteada tangencialmente. La
presentación de Clarín se reduce a argumentar que la desinversión que exige el
161 de la Ley afecta su derecho a la propiedad sobre la explotación de las
frecuencias que oportunamente le fueran concedidas. Ante la justicia, no
reclaman por libertades (como repiten a coro los turulos útiles) sino por
plata, una cuestión con mucha menos capacidad de concitar la solidaridad de
amplios sectores de la sociedad.
En su intervención
anterior (22/5/12), la Corte abordó el asunto y dijo: “Que
en cuanto a la protección de la libertad de expresión, esta Corte ha sido muy
clara y consistente en su reconocimiento a lo largo de una extensa e importante
jurisprudencia. Sin embargo, en la causa no hay más que una mención al tema, ya
que la parte actora no aportó ningún elemento probatorio que demuestre de qué
modo resultaría afectada esa libertad. Más aún, en los escritos de la
recurrente no hay más que menciones generales, pero no existen argumentos que
relacionen directamente la norma de desinversión con la libertad de expresión”.
Aclaremos que, independientemente
de la LSCA, la acumulación de licencias que detenta el grupo, era ilegal
también respecto a la anterior ley de radiodifusión (a pesar de que había sido
reiteradamente modificada a instancias de legalizar los negocios ilegales del
Grupo): L. 22.285/80 “ARTICULO 43. - El PODER EJECUTIVO
NACIONAL o el COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION, según corresponda, podrán
otorgar hasta VEINTICUATRO (24) licencias para explotar servicios de
radiodifusión a una misma persona física o jurídica”; el Grupo Clarín
cuenta en la actualidad con 270 licencias.
2)
el Estado prorroga indefinidamente el juicio para evitar un fallo sobre el
fondo de la cuestión: Técnicamente, lo que el Estado ha
hecho es debatir la competencia del Juez interviniente (Civil y Comercial, en
vez de Contencioso Administrativo, como entiendo debiera ser, porque lo que se
está discutiendo no es una cuestión entre “privados”, sino entre un ente
privado y otro público que actúa conforme a su poder de ordenamiento de los
intereses de la sociedad, es decir, con poder de imperio) y recusar a aquellos jueces que entiende tienen
algún interés incompatible con la atención de la causa (el caso del “becado”
por una de las partes para participar en
Miami de un simposio co-organizado por la misma parte) y que lo hace sospechoso
de parcialidad. Ambos planteos procesales previstos por la ley y accesibles
para cualquier hijo de vecino. Fuera del proceso, dice Clarín que el Gobierno “presiona”
a los jueces denunciándolos penalmente y ante el Consejo de la Magistratura por
su supuesta parcialidad… y obvio. Dígame, amable lector, si en medio su juicio
de divorcio, Ud. se entera que el Juez interviniente era el “Pata de Bolsa” ¿Ud.
que haría? (cagarlo a trompadas no es una opción).
Ahora Clarín se queja que
estas demoras implican una denegación de justicia. Bien, recordemos que el Grupo
consigue el 7/12/2009 que el Juez “ad
hoc” (no un juez natural) dicte una medida cautelar que impide que se le
aplique el plazo de desinversión previsto por la LSCA. Recién 1 año después (17/11/2010), se le corre traslado de la
demanda al Estado Nacional, impidiéndole de ese modo que empiece a articular su
defensa hasta entonces, y discutir la cuestión de fondo que le urge ahora al
Monopolio. El primer año de los 3 se perdió por exclusiva responsabilidad, haciéndose
evidente que su único interés era extender la cautelar hasta que, como preveía
entonces, cambie el gobierno (la fecha no es casual, la especulación tampoco,
hacía apenas 20 días que había fallecido el que debiera haber sido el
continuador de Cristina).
Dice el propio fallo de la Corte: “La actora promovió la demanda, el 4 de febrero de 2010, al “único
efecto de evitar la caducidad de la medida cautelar”. Sin embargo,
requirió que no se dispusiera correr traslado y que se reservara el escrito en secretaría;
además, formuló expresa reserva de su derecho a ampliar la presentación.”
(fs. 1323/1324) y le enrostra al multimedios: “No es posible tolerar que, a partir de la obtención de medidas
cautelares una de las partes pueda desentenderse de la marcha del proceso
principal o prolongar artificialmente su duración, ya que ello constituye un
supuesto de ejercicio contrario a los fines de lo que la ley tuvo en miras al
reconocer este tipo de medidas”.
3)
7 D no debe pasar nada: Hasta hace apenas unos días, Clarín lo
sostenía a pie juntillas, así que se negaba categóricamente a adecuarse a la
LSCA presentando un plan de desinversión, es decir, proponer la forma, modo y
tiempo en que se iba a desprender de loa medios y de las licencias que exceden
las que permiten la ley. En su edición del 24 de diciembre, se decía: “El próximo 7 de diciembre, y contra lo que
dice el Gobierno, en realidad no debe suceder nada, insistió ayer Martín
Etchevers, gerente de Comunicaciones del Grupo Clarín . Y explicó que en
ese diagnóstico coinciden El próximo 7 de diciembre, y contra lo que dice el
Gobierno, en realidad “no debe suceder nada”, insistió ayer Martín Etchevers,
gerente de Comunicaciones del Grupo Clarín. Y explicó que en ese
diagnóstico coinciden “todos los constitucionalistas de la Argentina, de las
distintas extracciones y de distintas universidades”.
Parece ser que “todos los
constitucionalistas de la Argentina, de las distintas extracciones y de
distintas universidades” cambiaron rápidamente de idea, porque ahora, en su presentación
ante la Suprema Corte, sostienen que las supuestas maniobras dilatorias del “gobierno impide conformar el tribunal
que debe resolver el pedido de extensión de la medida cautelar que para el
oficialismo vence el 7 de diciembre”. Una joyita: “para el oficialismo”, no
para el Gobierno ni para la autoridad de aplicación; aparte, si que el 7D
implica el vencimiento de la cautelar fuera una mera interpretación arbitraria y
unilateral ¿qué sentido tendría pedir una ampliación de una cautelar que no
vence? Muy loco ¿no?
Para mí, al respecto también el fallo de la Corte del
22 de mayo pasado fue más que claro: “2) Que el plazo de 36 meses de la
cautelar se cuenta a partir del 7 de diciembre de 2009 y vence el 7 de
diciembre de 2012… 4) En consecuencia,
estando vencido el plazo legal, y por efecto de la finalización de la cautelar,
a partir del 7 de diciembre de 2012 vence la suspensión del art. 161 de la ley
26522 con respecto a la actora. ” (completo en PDF, en la página de prensa
del Poder Judicial, bajo el explícito título: “Ley de medios: la Corte precisó el plazo de vigencia de la medida que suspendió el artículo 161”). En realidad es una clara señal de que nos estamos entendiendo, con
esta presentación solicitando la ampliación de la cautelar, Clarín admite que el
7D hay que adecuarse y punto.
4)
debe intervenir la Corte para eludir la inacción judicial. Eso
se llama “per saltum”, es decir que, por alguna razón, no se le pide una medida
al juez o instancia que corresponde, sino que se lo requiere directamente a la
Corte.
Según Clarín, semejante
cosa permitiría “al Ejecutivo saltear pasos jurídicos y pedir la intervención del Máximo
Tribunal en causas "de gravedad institucional". Intentará utilizarlo
para forzar la aplicación de dos artículos de la ley de medios” y “La sanción de esta ley es parte de la
estrategia del oficialismo para lograr la aplicación de dos artículos de la ley
de medios objetados por el Grupo Clarín, que pidió que se los declare
"inconstitucional". Sin embargo, aún antes que “el
polémico proyecto” sea promulgado por el P.E., es el propio grupo quejoso el
que pretende usar en su beneficio el “inconstitucional procedimiento”. Paradójico
¿no?
El
calificativo “inconstitucional” no me corresponde a mí, sino a la apoyatura
legal a la que recurrió el grupo para sustentar su posición: “El per saltum debilitará el control
judicial sobre los actos de los otros poderes del Estado”… Sobre el proyecto de
regulación de ese instituto, a punto de ser aprobado en el Congreso, dijo que
se trata de “una medida inconstitucional”. … “el per saltum creará aun
más inseguridad jurídica, porque al permitir eliminar la doble instancia que
exigen los convenios internacionales en vigor , se debilitará el control
judicial sobre los actos de los otros poderes del Estado”. ¿Quién lo dice?
Fiel a su estilo objetivo e imparcial, Clarín busca la opinión de prestigiosos
juristas de reconocida independencia y de ecuánime y sabia interpretación: el
miembro del Consejo de la magistratura Alejandro Fargosi. ¿Le suena? Sí, ese
mismo que mientras la sesión del Consejo destinada a designar jueces (entre
otros, el juez natural del juzgado en donde tramita la causa Clarín) fracasaba
por falta de quórum, paseaba junto con Oscar Aguad (otro de los integrantes
ausentes) por tierras venezolanas en su novísima condición de veedor
internacional caprilista.
Fargosi, el gordito arriba, entre Pinedo y Michetita. |
Lo
cierto es que Clarín, el mismo que se queja de que el Estado critica a jueces
de la dictadura jubilados puestos mediante irregulares sorteos, desconfía de
jueces que participan del turismo de foros que organiza la contraparte, con
todo pago por la contraparte, señala a Camaristas que designan irregularmente
jueces en vez de nombrar los titulares del juzgado en el Consejo de la
Magistratura, decide ir a la Corte justo ahora, cuando por fin hace un mes la
Cámara designó con regularidad, conforme a la Ley, al juez suplente que intervendrá en la causa, hasta que termine o
hasta que se designe el titular, designación que no fue cuestionado por ninguna de las partes en litigio. Todo con el argumento de que existen “maniobras
para impedir la actuación de los jueces naturales y permitir que el caso sea
asumido por magistrados de otro fuero o conjueces designados irregularmente”. Si está regularizado el Juzgado ¿por
qué Clarín no pide la ampliación de la cautelar al juez correspondiente? Casi
de risa.
Seguramente,
se me escapan algunos hechos que alguien considerará relevante para dar una
interpretación correcta a esta historia. También es cierto que se me filtraron
alguna ironías que conspiran contra la objetividad con que pretendo abordar el tema ¿Y..? aquel que esté libre del pecado de parcialidad
que tire el primer comentario.
Aparte
de esos deslices, creo que por fin en este país nos estamos poniendo de acuerdo…
el 7D pasa… y mucho.
7 comentarios:
Completito, muy bueno, abrazo grande
Mi sensación Rucio, es que ante la falla de una maniobra urdida con el par o referente de la CSJRA del juez Recondo, vos sabés con quien este se reunió a solas, en la desesperación de que la corpo judicial se abre de gambas, porque todo se ha hecho demasiado evidente y temen arruinar sus otros negocios, los jueces por supuesto, entonces la Corneta quiere hacer jugar a su dama, cosa que estimo puede ser aceptada por esa pieza del tablero, dependiendo del poder de presión del multimierdos.
Lo que digo es muy arriesgado pero posible ante la desesperación en que se encuentran por la urgencia de las fechas.
Nunca menos y abrazos
Impecable.
En el NOA les decimos pata'i lana.
El gobierno sólo va a hacer cumplir la ley. Mi preocupación pasa por no otorgarle argumentos legales a Clarín para que siga utilizando cuanto vericueto legal exista. ¿Carta documento después del 7D?
Pensaba que Clarín sólo apelaba a la libertad de prensa en la causa y dejaba al derecho a la propiedad para seguirla luego...
Norberto: creo (casi arbitrariamente) que Clarín cuenta 2 votos en la Suprema: Fayt (más que por su concepción ideológica, por lo que dijo la Carrió como al pasar en una entrevista hace unos días: "es el único en que se puede confiar"), y Petracchi, y juega a su capacidad de lobby con Lorenzetti y avivar viejas lealtades de Maqueda. Fallo dividido cantado me parece, pero no creo que pongan las manos en el fuego por ninguno de los 4.
Ricardo: ¿ves que venden cualquier verdura? el verso de la libertad de expresión en para victimizarse y darle letra a los adeptos. En la justicia están discutiendo otra cosa. Y lo de los vericuetos legales: es inevitable, aunque no le des ningún argumento, eso está.
Respecto al día después del 7D, hoy Sabatella volvió a decirlo, si no hay plan de desinversión, lo hace la autoridad de aplicación y licita las licencias.
Gracias Mancuso y Daniel, y a los Compañeros de Indecquetrabaja que replicaron el post.
Perdón pero llegué acá de casualidad y parece que están jugando al TEG, bajemos los decibeles, chicos, que el pueblo la ve siempre pasar, los politicos son todos chorros y los K ni hablar y las empresas buscan sus ganancias y todo les importa un comino. No le hagan el juego a estos ladri.
Si suponés, Anónimo, que en el caso de la LSCA (como en la del matrimonio igualitario, como en la identidad de género, como en las fijaciones de SMVM, como en la ley de peon rural, o en la empleadas domésticas, como en la AUH y embarazo, como la de jubilaciones, entre tantas otras) "el pueblo la ve siempre pasar" es que estás perdiendo demasiado tiempo viendo otro canal.
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