Parece
ser que a Prat Gay se le cayó una idea práctica para resolver la diáspora
opositora, y la presentó a boca de jarro: Al nuevo diseño del Consejo de la
Magistratura impulsado por el oficialismo, le contrapone el Consejo de la
Impostura de diseño opositor.
Consciente
el delegado de JP Morgan de las limitaciones reales a la hora de acordar un
frente único opositor capaz de disputar el poder político, opta por el repliegue
táctico, llamando a defender la última trinchera desde la cual el poder real condiciona
los avances democráticos.
Cuando
por fin el resabio corporativo instalado por la reforma constitucional de 1994
es puesto en jaque (*), llama Prat Gay a orquestar una maniobra gatopardista:
que nada cambie a pesar del cambio introducido. La instrumentación de la jugada
exige a los opositores un doloroso abandono de los egos y el sacrificio del
individualismo personalista en pos del logro del fin supremo. Dice Prat Gay: "no presentar consejeros en la
boleta partidaria"; "La idea es que sea una lista única de un frente
nacional con consejeros independientes".
Ahora
bien ¿cuán independientes, y de quién, serían los consejeros elegidos de este
modo? Profundizando la idea, el propio interlocutor se encarga de mostrar la
hilacha: “el objetivo es ‘ganarle al
kircherismo’, porque en caso de triunfar este frente nacional, la oposición se ‘quedaría
con ocho de los doce cargos en juego’ del Consejo de la Magistratura”. Es decir
que, como de costumbre, la invocación del altruista fin de la defensa de las instituciones,
esconde una nueva chicana con el objetivo de retraer espacios de decisión al
ámbito de la soberanía popular, en el caso disfrazando de mayoría lo que no es
otra cosa que un cúmulo inorgánico de minorías reaccionarias.
Lamentable
concepción, puesto que si el único punto de coincidencia de los partidos
opositores pasa por el circunstancial objetivo de “ganarle al kirchnerismo”,
quiere decir que los consejeros electos por su impulso carecerían de todo
programa de acción, de todo criterio unificador, y lo peor, en razón de ese
calificativo de “independiente” con el que se pretende teñir a los postulantes,
de todo compromiso con el cuerpo electoral. En definitiva la “ratio legis” de
la reforma, la democratización del poder judicial (en términos de la sujeción
de la elección de los miembros del Consejo de la Magistratura a los criterios
emergentes de la soberanía popular), que no pudo ser frenada en el Congreso,
pretende ser burlada por un “amuchamiento” circunstancial. El objetivo es
claro: intenta depositar, vía la formalidad democrática, el poder judicial en las
manos de los mismos sectores que hoy manejan su destino desde las sombras,
coadyuvando a la legitimación del status quo.
Podrá
gustar o no el modo propuesto por el gobierno de reformular los mecanismos de
elección, remoción y control de los jueces. Lo que es inocultable es el
desmérito con que califica al Poder Judicial la inmensa mayoría de los
argentinos (sean cuales fueras las diversas, justas o injustas, motivaciones en
que se fundamentan), y que la propuesta de Prat Gay no tiene otro objeto que
burlarse del criterio de esas mayorías descontentas.
(*)
Hasta la reforma constitucional de 1994, los jueces eran elegidos por el PE con
acuerdo parlamentario, es decir, eran producto de acuerdos políticos de cúpulas.
Pero lo cierto es que esas cúpulas contaban con legitimación electoral, por lo
que, en definitiva, resultaban intermediarios de la soberanía popular.
La
reforma siguió con el criterio de sustentar la legitimación de los Poderes del Estado
en el Principio de Soberanía Popular, reforzando la intermediación mediante el
monopolio de la postulación por parte de
los partidos políticos, reconociéndoles rango constitucional. Sin embargo
sustrajo de esta regla al Poder Judicial, dándole un sesgo claramente corporativo
al poner en mano de jueces, abogados y académicos elegidos por sus pares, las
decisiones y nombramientos.
Zorro
viejo, Carlos Menem no reglamentó la composición del Consejo de la Magistratura
(CM) sino hasta que se aprobara la ley respectiva en noviembre de 1998, por lo
que siguió haciendo designaciones de magistrados “a la vieja usanza” hasta
finalizar su mandato.
A
partir de aquel momento, la representación política en el CM (es decir Diputados
y Senadores electos por el pueblo) estuvo (en razón de su composición repartida
igualitariamente entre representantes de la oposición y del oficialismo
parlamentarios) neutralizada de hecho, fue meramente cosmética. Los Consejeros
abogados y jueces (elegidos por sus pares) cortaban el bacalao a su gusto.
La
reforma introducida por el kirchnerismo en 2006 modificó la representatividad
parlamentaria (2 oficialistas 1 opositor por cámara), pero no logró quebrar la
hegemonía contramayoritaria compuesta por jueces, abogados y opositores. Tampoco
logró aceitar los mecanismos de nombramientos de magistrados para cubrir
vacantes, ya que esa hegemonía se especializó en no dar quórum al efecto. La
consecuencia práctica es que el Poder Judicial se va poblando por magistrados
subrogantes y provisorios, designados por las Cámaras, eludiendo el dictamen del
CM, acentuando los sesgos aristocráticos y nepóticos del PJ.
El
resultado de la trayectoria del CM, hoy por hoy, es que la inmensa mayoría de
los magistrados federales que hoy defienden su “independencia” frente a las “embestidas”
del poder político, o han sido designados por la Dictadura Militar, o lo fueron
mediante el sistema anterior a la reforma, o, vigente el sistema del CM, en
razón de haberse trabado las designaciones, son subrogantes, interinos,
suplentes o “provisoriamente” ocupan cargos producto del criterio del amiguismo
de la “familia judicial”, desvirtuando totalmente el sistema y generando un
círculo vicioso que tiende a dar al PJ características de casta privilegiada.
Antes
de que el amble lector se vea tentado a suponer que escribo esto por ser un obsecuente kirchnerista,
los invito a leer este otro post intitulado: "Evitando la molestia de hacerse amigo del juez", una caracterización muy anterior a que Cristina lanzara la idea de reformular
el CM (fechado el 9/10/12).
El post concluye proponiendo: “El sistema del Consejo de la Magistratura ya ha dado, a lo largo de sus
14 años de existencia, demasiadas muestras de parcialidad e ineficiencia. Ya es hora de replantearlo a fondo: o se
mantiene su composición pero se somete la elección de la totalidad de sus
miembros al dictamen popular de las elecciones o se lo reduce a un ente
destinado a controlar la regularidad de los concursos y dictaminar sobre la
idoneidad de los aspirantes”.
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